USO ALIMENTARIO-Reglamento (CE) Nº 1935/2004

USO ALIMENTARIO-Reglamento (CE) Nº 1935/2004

Guantes para manipulación de alimentos.

De acuerdo a los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) Nº 1935/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, así como a la Resolución AP (2004) 4 del Consejo de Europa, relativos a materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, en condiciones normales o previsibles de uso, los materiales en contacto con alimentos no deben transferir sus componentes en cantidades que puedan poner en riesgo la salud humana, provocar una modificación inaceptable en la composición de los alimentos, ni alterar sus características organolépticas.

Para ello se realizan ensayos de migración global, migraciones específicas (N-nitrosaminas, sustancias nitrosables y aminas aromáticas primarias), así como las pruebas organolépticas de olor y sabor confirmando su aptitud para el contacto con alimentos bajo las condiciones ensayadas.


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